¿Qué es “dependencia”?
Según la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia es la situación permanente, en la que se encuentran las personas que precisan ayudas importantes de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria.
Para que se reconozca legalmente que una persona está en situación de dependencia es necesario seguir un proceso determinado en la normativa vigente, que comienza con la presentación de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.


¿Cómo define la Ley, «Dependencia»?
Es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal (artículo 2.2.).


¿Cuál es el objeto de la Ley de Dependencia?
Reconocer un nuevo derecho de ciudadanía en España, universal, subjetivo y perfecto: el derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


¿Cuáles son los principios fundamentales que inspiran la Ley?
El carácter universal y público de las prestaciones.
El acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad y no discriminación.
La participación de todas las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias

¿Qué es “autonomía personal”?
Se define en la Ley 39/2006, artículo 2.1 como la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

¿Qué son actividades básicas de la vida diaria?
Son las que permiten a la persona desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.


¿Qué diferencia existe entre "dependencia" y "discapacidad"?
Dependencia significa que una persona necesita ayuda de otra para realizar las actividades básicas de la vida diaria (lavarse, comer, vestirse, etc.). Esta pérdida de autonomía se puede deber, por ejemplo, a una enfermedad o una discapacidad.
Discapacidad significa que las personas tienen limitaciones para realizar determinadas actividades (por ejemplo, oír si tiene una discapacidad auditiva o andar si tiene una discapacidad física), pero no todas necesitan ayuda de otra persona para desenvolverse en su vida diaria.

¿Qué es el Sistema para la Autonomia y la Atención a la Dependencia?
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia ha creado el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) que constituye el cauce para la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas intervinientes y para la optimización de los recursos públicos y privados disponibles para la atención de las personas dependientes.

¿Quién puede beneficiarse de la Ley de Dependencia?
Para poder ser considerado beneficiario de los derechos que otorgará esta ley, será necesario:
Ser español.
Residir en territorio nacional
Ser declarado “dependiente” por el órgano evaluador de la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿De qué tipo de prestaciones se podrán beneficiar las personas con dependencia?
Las personas que cumplan los requisitos exigidos por la Ley 39/2006 serán declaradas dependientes y podrán recibir:
Directamente una serie de servicios, prestados a través de la oferta pública de la Red de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, mediante centros y servicios públicos o privados concertados.
De no ser posible la atención mediante un servicio, se podrá recibir una prestación económica, de carácter periódico. Deberá estar vinculada a la adquisición de un servicio que se determine adecuado para las necesidades de la persona beneficiaria.
Con carácter excepcional, se podrá recibir una prestación económica para ser atendido por cuidadores no profesionales, como pueden ser los familiares de la persona dependiente.

¿Qué servicios pueden prestarse a la persona declarada dependiente?
Servicios de Prevención de las situaciones de dependencia
Servicio de Teleasistencia
Servicio de Ayuda a Domicilio, entre lo que se incluye:
Atención de las necesidades del hogar
Cuidados personales
Servicio de Centro de Día y Noche, que puede ser:
Centro de Día para mayores
Centro de Día para menores de 65 años
Centro de Día de atención especializada
Centro de Noche
Servicio de Atención Residencial, que comprende:
Residencias de personas mayores en situación de dependencia
Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad

¿Qué prestaciones económicas hay?
Tres son las prestaciones económicas que crea la Ley de Dependencia:
La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, que excepcionalmente, siempre que se den las condiciones adecuadas y lo establezca su Programa Individual de Atención, lo recibirá el dependiente para ser atendido por cuidadores no profesionales.
La prestación económica vinculada al servicio, que se otorgará únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado.
 la prestación económica de asistencia personal, cuyo objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.

¿Pueden ser modificadas las prestaciones una vez concedidas?
Sí, pueden modificarse o desaparecer. la Ley contempla varias causas para ello: porque la situación personal del usuario ha variado, porque los requisitos establecidos para su reconocimiento han variado o por incumplir las obligaciones de marca la Ley.

¿Cómo se valora la situación de dependencia?
A través de un baremo (aprobado por Real Decreto 504/2007), que valora la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental.
La valoración se realizará teniendo en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis que le hayan sido prescritas.

¿Quién realiza las valoraciones?
Las valoraciones serán responsabilidad de los órganos de valoración que determinen las Comunidades Autónomas, que emitirán un dictamen sobre el grado y nivel de dependencia, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir.
¿Cómo se valora la dependencia en menores de tres años de edad?
Se ha establecido una Escala de Valoración Específica para los menores de 3 años. Esta permite establecer tres grados de dependencia: moderada, severa y gran dependencia.
En personas menores de tres años, serán objeto de valoración las situaciones originadas por condiciones de salud de carácter crónico, prolongado o de larga duración.

¿Cómo se clasifica la situación de dependencia?
Tras la aplicación del baremo, el dictamen incluirá la clasificación de la situación de dependencia en uno de los siguientes grados:
Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Dentro de cada uno de los grados de dependencia existirán dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requieren.
En la actualidad tienen derecho a las prestaciones los grandes dependientes (Grado III) y los dependientes severos (Grado II, Nivel 2).

¿Quiénes se encuentran en situación de Gran Dependencia?
Las personas con pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial que necesita apoyo continuo e indispensable para realizar las actividades básicas de la vida